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Medidas para garantizar la seguridad vial en las terrazas 29/06/2020

Medidas para garantizar la seguridad vial en las terrazas

Medidas para garantizar la seguridad vial en las terrazas

 

 

El Pleno del Ayuntamiento de Villalpando, en base a los informes técnicos correspondientes, ha aprobado una serie de medidas para mejorar la seguridad vial en las zonas ocupadas por las terrazas al servicio de los establecimientos hosteleros del Municipio.

El contenido de dichas medidas y los establecimientos afectados, son los siguientes:

·       Establecimientos de la Plaza Mayor.

-  En las zonas de los soportales ocupados por las terrazas deberá dejarse libre un espacio de un metro y medio de anchura, entre las sillas y las columnas, para el paso de peatones.

·       Establecimiento ubicado en la Calle La Solana c/v Calle Olivo.

-  Se prohíbe el establecimiento de la terraza en la Calle La Solana, autorizándose su ubicación en la Calle Olivo.

-  Durante el horario de funcionamiento de la terraza, la calle Olivo permanecerá cerrada al tráfico rodado de vehículos.

-  En el perímetro de la terraza deberá dejarse libre un espacio lateral, de al menos dos metros de anchura, para el paso de peatones.

-  El corte de la calle al tráfico rodado se llevará a cabo mediante la colocación de una valla de obra con la correspondiente señalización.

-  Cuando finalice el horario de funcionamiento de la terraza, las mesas y la valla deberán ser retiradas, restableciéndose la circulación de vehículos en la Calle Olivo.

-  La colocación y retirada de la valla es responsabilidad del establecimiento.

·       Establecimiento ubicado en la Calle Altasangre número 2.

-  Durante el horario de funcionamiento de la terraza, la calle Altasangre, a la altura del establecimiento, permanecerá cerrada al tráfico rodado de vehículos.

-  El corte de la calle al tráfico rodado se llevará a cabo mediante la colocación de una valla de obra con la correspondiente señalización.

-  Cuando finalice el horario de funcionamiento de la terraza la valla deberá ser retirada, restableciéndose la circulación de vehículos en la Calle Altasangre.

-  La colocación y retirada de la valla es responsabilidad del establecimiento.

·       Establecimiento ubicado en la Calle Altasangre c/v Carretera de Medina de Rioseco

-  La zona de ocupación de la terraza deberá dejar completamente libre la acera, de tal manera que los peatones puedan transitar y cruzar la calle sin sortear obstáculos.

-  En el plazo de tres meses, deberá procederse al vallado de la terraza, en todo su perímetro, con elementos continuos en una altura mínima de 90 centímetros.

·       Establecimiento ubicado en la Calle Cercas de Santiago c/v Avenida Paseo.

-  La zona de ocupación de la terraza deberá dejar completamente libre la acera, de tal manera que los peatones puedan transitar y cruzar la calle sin sortear obstáculos.

-  La zona de la esquina, en la intersección de ambas calles, no podrá ser ocupada por la terraza.

-  En el plazo de tres meses, deberá procederse al vallado de la terraza, en todo su perímetro, con elementos continuos en una altura mínima de 90 centímetros.

Por otro lado, se recuerda a todos los establecimientos la necesidad de respetar y cumplir tanto en las terrazas como en el interior de los establecimientos, las medidas de  higiene y prevención previstas en el en el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En lo que se refiere al espacio ocupado por las terrazas, el Plan establece la obligación de respetar una proporción del 80% entre mesas y superficie disponible y que siempre se mantenga el espacio necesario para la circulación de personas en el tramo de la vía pública en el que se sitúe la terraza.

 

 
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